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La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados: Un Pilar en la Interpretación Jurídica Internacional

Dr. en Derecho y L.C.C. José Manuel Miranda de Santiago
Socio fundador de Transfer Pricing Services, SC. Presidente del Consejo Directivo de la AMCPDF, mmiranda@preciosdetransferencia.com.mx

La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (CVDT), adoptada en 1969, es un instrumento fundamental en el derecho internacional que establece el marco para la creación, interpretación y aplicación de los tratados entre Estados. Su relevancia reside en la codificación de normas consuetudinarias y en la provisión de directrices claras para la interpretación de tratados. En este artículo, exploraremos los principios y reglas de interpretación establecidas en la Convención de Viena, su impacto en el derecho internacional y su aplicabilidad en casos específicos como los Convenios de Doble Imposición (CDI).

Desarrollo

Origen y Propósito de la Convención de Viena

La CVDT es el resultado de años de trabajo de la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas, que desde 1949 se dedicó a la codificación y desarrollo progresivo del derecho de los tratados. La conferencia de Viena, que sesionó en 1968 y 1969, culminó con la adopción de la Convención, la cual es considerada por muchos doctrinarios como un régimen jurídico codificado de la costumbre internacional y vinculante para todos los Estados, incluso aquellos que no la han ratificado.

Principios Generales de Interpretación

La Convención establece varios principios fundamentales para la interpretación de los tratados, los cuales se resumen en los artículos 31, 32 y 33.

Artículo 31: Regla General de Interpretación

Este artículo subraya que los tratados deben interpretarse de buena fe, conforme al sentido corriente de los términos del tratado en su contexto y teniendo en cuenta su objeto y fin. Los elementos a considerar incluyen:

  1. El texto del tratado, incluyendo su preámbulo y anexos.
  2. Todo acuerdo relacionado con el tratado y celebrado por todas las partes.
  3. Toda práctica ulterior en la aplicación del tratado que indique un acuerdo entre las partes sobre su interpretación.
  4. Toda norma pertinente de derecho internacional aplicable en las relaciones entre las partes.

Principio de Buena Fe

El principio de buena fe, arraigado en la Carta de las Naciones Unidas, es esencial en la interpretación de los tratados. Implica actuar lealmente y con sinceridad, evitando la explotación de ambigüedades para obtener ventajas indebidas.

Principio de Primacía del Texto

El texto del tratado es la expresión principal de la voluntad de las partes, y su interpretación debe basarse en el sentido corriente de los términos utilizados, a menos que se demuestre que las partes pretendían un significado especial.

Principio del Fin del Tratado

Este principio enfatiza que la interpretación debe considerar el objeto y el fin del tratado, asegurando que se logre el propósito para el cual fue creado.

Artículo 32: Medios de Interpretación Complementarios

Este artículo permite recurrir a medios complementarios de interpretación, como los trabajos preparatorios del tratado y las circunstancias de su celebración, cuando la interpretación según el artículo 31 deje el significado ambiguo o conduzca a resultados absurdos.

Artículo 33: Tratados Autenticados en Varios Idiomas

Para tratados autenticados en varios idiomas, los textos en cada idioma son igualmente válidos, a menos que se acuerde que uno prevalezca. Las diferencias entre los textos se resolverán aplicando los principios de interpretación del artículo 31 y, si persisten, adoptando el sentido que mejor concilie los textos.

Aplicación Práctica: Convenios de Doble Imposición

Los Convenios de Doble Imposición (CDI) son tratados que buscan evitar la sobreimposición fiscal y promover la cooperación internacional en materia tributaria. La interpretación de estos convenios a menudo recurre a las reglas establecidas en la CVDT.

Contexto de los CDI

Los CDI se benefician de los principios de interpretación de la CVDT para aclarar términos y asegurar una aplicación coherente. Por ejemplo, el contexto de un CDI incluye no solo el texto del convenio sino también los comentarios y directrices de organismos internacionales como la OCDE.

El Modelo de Convenio de la OCDE

El Modelo de Convenio de la OCDE y sus comentarios son herramientas esenciales para la interpretación de los CDI. Estos comentarios, aunque no vinculantes, sirven como guía autorizada y se consideran medios complementarios de interpretación según el artículo 32 de la CVDT.

Desafíos en la Interpretación de CDI

Existen debates sobre si los CDI requieren reglas de interpretación específicas debido a sus particularidades. Algunos expertos argumentan que las reglas de la CVDT son suficientes, mientras que otros abogan por una mayor adaptación a las circunstancias fiscales internacionales.

Conclusión

La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados proporciona un marco robusto y coherente para la interpretación de tratados internacionales, asegurando claridad y consistencia en su aplicación. Sus principios y reglas son fundamentales no solo para los Estados firmantes sino también para el derecho internacional en general, incluyendo áreas especializadas como los Convenios de Doble Imposición. La buena fe, la primacía del texto y la consideración del objeto y fin del tratado son pilares esenciales que guían a los intérpretes en la búsqueda de soluciones justas y equitativas en la aplicación del derecho internacional.

 

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