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¿Inversiones Milagro o Esquemas Ponzi?

Escrito por: L.D. y ESP. Héctor Contreras Sierra

Algunos puntos para reflexionar:

1. Lo he dicho hasta el cansancio, nuestra mayor debilidad en las inversiones son nuestros pecados capitales, “La Avaricia” es uno de ellos. ¿Quién en su sano juicio piensa que puede ser “invitado” a que le compartan ganancias por encima del promedio de los mercados y peor aún, en un tema de inversión en juegos y apuestas?

2. Los negocios financieros dan buenos rendimientos, pero se necesita una estrategia muy clara y definida de inversión y hay que recordar la máxima “a mayor rendimiento, mayor riesgo”.

3. En México, todas las empresas que realizan captación de fondos deben ser entidades financieras reguladas y autorizadas por los reguladores financieros (CNBV) y sus contratos deben estar registrados ante la CONDUSEF.

4. Para realizar operaciones de captación, necesitas contar con la licencia para prestar el Servicio de Banca y Crédito, previsto en el artículo 2 de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC) y debes contar con una autorización para ello, por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

5. Conforme al artículo 103 de la LIC está prohibida la captación, salvo en los casos particulares de las instituciones que el propio precepto legal marca. 5. Todas las instituciones que se dedican a captar e invertir recursos de terceros, necesaria e invariablemente, deben realizar dos cosas, evaluar el tipo de inversionista que tienen o van a tener como cliente y contar con prospectos de inversión, que contienen información detallada sobre el instrumento, fondo o producto en el que van a invertir, si no tienen eso, ya empezamos mal.

6. Basta entrar a la página de una empresa de esta naturaleza, para conocer la información dirigida a los inversionistas; en el presente caso, entré y exploré la página de “YOX HOLDINGS” y me di cuenta de que sus documentos legales son una verdadera vacilada, desde el contrato hasta el aviso de privacidad. Cabe comentar que, en ningún lado, la empresa proporciona información que de certeza acerca de la forma y riesgos que conllevan las inversiones que la empresa aparentemente realiza o realizaba.

7. No me atrevo a calificar el trabajo de la CNBV, pero si a afirmar que tiene facultades expresas para intervenir en casos en los que claramente se vulneran los artículos 2 y 103 de la Ley de Instituciones de Crédito, en los que puede configurarse el tipo penal descrito en el 104 de la propia Ley, que es la captación ilegal de recursos.

8. Un esquema ponzi funciona sencillo, te invitan a invertir y a su vez tú tienes que invitar a otros a invertir y así subsecuentemente, de manera que se va ampliando la base de “inversionistas” y los de abajo financian los rendimientos de los inversionistas que están en la parte superior de la pirámide. Esto es, no hay inversión en estricto sentido, le sacan dinero a unos para pagarle a otros y los organizadores se quedan con algo del recurso, por eso amarran los “rendimientos” a la obligación de invitar a nuevos inversionistas. Si quieren entender más, les recomiendo entrar a esta página, está muy bien explicado este tipo de fraude: https://doctordetusfinanzas.com/esquema-ponzi-o-estafa-piramidal/ 9. Esto no es nuevo, solo que hoy los estafadores usan muy bien la tecnología, las redes sociales y las plataformas para “legitimarse” y dar la apariencia de “legalidad” aprovechándose de la información que pueden hacer llegar de manera masiva a N personas, que lastimosamente son estafadas por necesidad, esperanza y en otros casos avaricia. En ese contexto, dejamos, algunas propuestas para prevenirse de caer en estos esquemas fraudulentos:

a) Cómo se protege la inversión (legal y financiera)?

b) Los rendimientos o utilidades ofrecidas tienen un sustento, están dentro de lo que se genera en el mercado o son muy superiores?

c) Los ejecutivos cuentan con alguna certificación para asesorar en materia de inversiones o son simples vendedores disfrazados de expertos en inversiones?

d) La empresa que va a invertir cuenta con alguna autorización o registro ante los reguladores financieros mexicanos? e) Te explicaron los riesgos de la inversión, te hicieron un perfil de inversionista, te dieron un documento en el que se detalla en dónde, ¿cuándo y cómo se calcula la inversión y el rendimiento esperado? Por último y no menos importante, si el modelo de negocio se sustenta en que tú invites a terceros para que inviertan y de ahí te prometen una comisión y de ello dependen tus rendimientos, seguramente estás frente a un esquema ponzi y recuerda, quien que tiene la llave del SANTO GRIAL DE LA RIQUEZA te va a invitar a compartir el secreto, ¿Tú lo crees? Posiblemente por mi formación o deformación de más de 30 años escuchando estas historias, yo no…

Les dejamos el correo: anticorrupcion@amcpdf.org.mx para escuchar sus apreciables comentarios y reflexiones.

Gutiérrez, F. (2024, 10 de marzo). Los tropiezos de la CNBV en el caso de Yox Holding. El Economista. https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/Los-tropiezos-de-la-CNBV-en-el-caso-de-Yox-Holding-20240310-0044.html

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