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Flash Fiscal No. 23-2020

NUEVAS REGLAS EN MATERIA DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES PARA LOS SOCIOS Y ACCIONISTAS

Las sociedades constituidas bajo las leyes mexicanas e inscritas en el Registro Público de Comercio tienen personalidad jurídica distinta a la de sus socios y de acuerdo con el Código Fiscal Federal (CFF) solicitaran su inscripción en el registro federal de contribuyentes, así como proporcionar información de sus socios o accionistas.

En el Artículo 27 del Código Federal Fiscal (CFF) para 2020 está dividido en dos apartados: A y B; en el apartado B fracción VI; se integra la obligación de presentar un aviso en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de los socios o accionistas.

“Presentar un aviso en el registro federal de contribuyentes a través del cual informen el nombre y la clave en el Registro Federal de contribuyentes de los socios o accionistas, cada vez que se realice alguna modificación o incorporación respecto a estos, en términos de lo que establezca el Reglamento de este Código”.

 En el Artículo cuadragésimo sexto de las Reglas misceláneas Fiscales (RMF) para 2020, en correlación al Artículo 27 del CFF, puntualiza que las personas morales que no tengan actualizada la información de sus socios o accionistas ante el RFC deberán presentar un aviso con la información de la estructura que se encuentre en ese momento El aviso deberá presentarse por única ocasión a más tardar el 30 de junio de 2020.

En la Regla Miscelánea 2.4.19 nos indica que las personas morales deberán presentar un aviso ante el RFC de los socios y accionistas en el cual informarán el nombre y clave del RFC cada vez que se realice una modificación o incorporación conforme a la ficha de trámite 295/CFF “Aviso de actualización de socios o accionistas”, contenida en el anexo 1-A: dentro de los treinta días siguientes a aquel en que se realice el supuesto ante la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC) publicada en el Diario Oficial (DO) del 28 de diciembre en la tercera sección.

Los socios o accionistas se inscriben en el RFC al momento de registrar la sociedad y deberán presentar los avisos que correspondan en cada evento que modifique la estructura accionaría, en caso de no haberlo realizado en su momento, es necesario actualizarlos ingresando a la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el apartado de “Mi portal” dar clic en otros “Trámites y servicios”, ingresar los datos del contribuyente e iniciar sesión. Una vez iniciada la sesión se desplegará el menú con la opción “Servicios por Internet”. Seleccione las opciones “Aclaraciones” y enseguida se elige “Solicitud” llene el formato electrónico “Servicio de Aclaración” adjuntando los documentos escaneados correspondientes. Después se referirá al “Documento protocolizado y digitalizado en que consten las modificaciones, así como la incorporación de sus socios o accionistas”. Una vez adjuntado se envía la solicitud y se obtiene un acuse de recepción.

Transcurridos siete días hábiles el representante legal del contribuyente podrá consultar el estado en que se encuentra en el portal del SAT, ingresando el número de folio que señala el acuse de recibo.

Su omisión podrá traer consecuencias de multas relacionadas con el RFC, contenidos en los Artículos 79 y 80 del CFF; además de exponerse a la suspensión del Certificado del Sello Digital (CSD) por conducta infractora.

Fuente:

  • Código Fiscal de la Federación
  • Resolución Miscelánea Fiscal 2020
  • Ley General de Sociedades Mercantiles

 

COMISIÓN FISCAL

 

 

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