Con fecha 29 de septiembre de 2021, se publicó en la página del SAT la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, tercera versión anticipada, dentro de la cual se publican nuevas reglas de la Carta Porte.
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2021
TERCERA VERSIÓN ANTICIPADA
TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2021 TERCERA VERSIÓN ANTICIPADA
Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, y 8 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:
PRIMERO. Se reforman las reglas 2.7.1.7., 2.7.1.9. y 13.5., y se adicionan las reglas 2.7.1.51.; 2.7.1.52.; 2.7.1.53.; 2.7.1.54.; 2.7.1.55.; 2.7.1.56. y 2.7.1.57., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, para quedar de la siguiente manera:
Se reforman:
2.7.1.7. Requisitos de las representaciones impresas del CFDI.
2.7.1.9. CFDI de tipo ingreso con el que se acredita el transporte de mercancías.
13.5. Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos.
Se adicionan:
2.7.1.51. CFDI con el que los propietarios, poseedores, tenedores, agentes de transporte o intermediarios pueden acreditar el traslado de bienes o mercancías.
2.7.1.52. Traslado local de bienes o mercancías.
2.7.1.53. Emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de paquetería o mensajería.
2.7.1.54. Emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de traslado de fondos y valores a nivel local.
2.7.1.55. Emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de grúas, servicios auxiliares de arrastre y salvamento a nivel local.
2.7.1.56. Emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de transporte o distribución de hidrocarburos o petrolíferos a nivel local.
2.7.1.57. Emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de transporte consolidado de mercancías.
Fuente: Página del SAT www.sat.gob.mx