IMSS REFRENDA QUE LAS PERSONAS MAYORES DE 15 AÑOS Y MENORES DE 18 (PERSONAS TRABAJADORAS MENORES DE EDAD), QUE PRESTEN UN SERVICIO REMUNERADO, PERSONAL Y SUBORDINADO, SON SUJETOS DEL RÉGIMEN OBLIGATORIO DEL SEGURO SOCIAL.
El 12 de septiembre del 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.310822/230.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el día 31 de agosto del mismo.
En mencionado acuerdo el instituto:
• Refrendo que las personas mayores de 15 años y menores de 18 (personas trabajadoras menores de edad), que presten un servicio remunerado, personal y subordinado, es decir, que cuenten con una relación laboral, son sujetos del régimen obligatorio del Seguro Social, y por tanto gozan de la cobertura más amplia de seguridad social; lo anterior, considerando los límites establecidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales de los que México es Parte y la Ley Federal del Trabajo.
• Instruye a la Dirección de Incorporación y Recaudación para que realice e impulse una campaña nacional de información sobre la obligación de incorporar a las personas trabajadoras menores de edad al régimen obligatorio del Seguro Social.
• Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en dicho órgano de difusión.
La información completa se puede consultar en:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5664110&fecha=12/09/2022#gsc.tab=0
ATENTAMENTE
Comisión de Seguridad Social e Infonavit
seguridad_social@amcpdf.org.mx