SOY ESTUDIANTE | IR AL SITIO

FLASH COMISIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL E INFONAVIT NO. 22-2021

MOVIMIENTOS AFILIATORIOS DE BAJA PARA LOS TRABAJADORES INCAPACITADOS TEMPORALMENTE

 

Con fecha del 08 de septiembre de 2021, se publicó en el DOF, ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.250821/213.P.DPES, dictado por el H. Consejo Técnico del IMSS, por el cual se aprueba, por única vez y sin sentar precedente, que los patrones que presenten ante el Instituto Mexicano del Seguro Social la sustitución patronal, para el cumplimiento de la reforma a la Ley del Seguro Social publicada el 23 de abril de 2021, exhiban, de igual forma:

  • Los movimientos afiliatorios de baja para los trabajadores incapacitados temporalmente, los cuales serán dados de alta en la empresa sustituta al día inmediato siguiente al de su baja en la empresa sustituida, con el mismo salario con el que cotizaban.

Esta disposición entra en vigor el 09 de septiembre del año de 2021.

Es importante destacar que están pendientes de emitir las disposiciones administrativas necesarias para la correcta aplicación de los movimientos afiliatorios.

Comisión de Seguridad Social e Infonavit

SOY ESTUDIANTE | IR AL SITIO