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Flash Comisión de Comercio Exterior No. 21-2022

MODIFICACIONES AL DECRETO DE AUTOS USADOS

La SHCP publicó en el DOF, la edición vespertina el 27 de febrero de 2022 el “Decreto por el que se reforma el diverso por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 2022”.

La modificación es para incluir a Sinaloa y Zacatecas dentro del programa de regularización –vía importación definitiva– de vehículos usados de procedencia extranjera que se encuentren internados de manera irregular en esos estados. Cabe recordar que inicialmente dicho Decreto comprendía solamente a Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Durango, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas.

Asimismo, y a efecto de facilitar la regularización, se establece que el trámite de la importación definitiva puede hacerse sin la intervención del agente aduanal, agencia aduanal, apoderado aduanal o cualquier otro intermediario.

Además, se dispone que se contará con diversos módulos de inscripción vehicular en las referidas entidades federativas para realizar los trámites correspondientes, por lo que se estima que todas las dependencias y entidades involucradas generen facilidades para la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera en dichas entidades federativas.

Para ello, en este mismo instrumento de reforma se instruye a:

  • todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para que, en el ámbito de su competencia, apliquen las facilidades administrativas para que los propietarios de los vehículos objeto del Decreto lleven a cabo la regularización simplificada de los mismos; e incluso, actualicen sus sistemas electrónicos y se capacite al personal respectivo, para llevar a cabo dicha regularización, a la brevedad
  • la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC):
  • a través del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Registro Público Vehicular), para que en colaboración con las autoridades de esas entidades federativas establezcan los módulos de inscripción vehicular para que los propietarios residentes en tales entidades federativas lleven a cabo la regularización de estos cerca de su domicilio
  • para que promueva con los gobiernos de esos estados el otorgamiento de estímulos, condonaciones y exenciones, así como facilidades administrativas relativas a la expedición de placas y demás mecanismos para control vehicular de carácter local, y
  • la Agencia Nacional de Aduanas de México para que solicite el auxilio de la SSPC a través del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Registro Público Vehicular), en el desempeño de sus funciones únicamente para lo que se refiere al presente Decreto.

El Decreto estará en vigor a partir del día de su publicación en el DOF y hasta el 20 de septiembre de 2022.

 

Atentamente

Deyanira Arizbe Gutiérrez Hernández

Presidenta de la Comisión de Comercio Exterior

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