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REGLAS PARA INCORPORACIÓN AL IMSS DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES

Flash No. 33 de la Comisión de Seguridad Social e Infonavit para la
Contaduría en México

 

 

REGLAS PARA INCORPORACIÓN AL IMSS DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES

 

Con fecha 28 de mayo de 2024, se publica en el Diario Oficial de la Federación, el ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.300424/82.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social en sesión ordinaria celebrada el 30 de abril de 2024, por el que se aprobaron las Reglas de carácter general para la incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social de las personas trabajadoras independientes o por cuenta propia, así como su Anexo Único; que entrarán en vigor el 29 de mayo 2024

El Resumen del documento, a continuación:

   El objeto del documento es establecer facilidades administrativas para garantizar el derecho a la seguridad social de las personas trabajadoras independientes o por cuenta propia, permitiendo su incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social y el respectivo pago de cuotas. Las Reglas se aplican a las personas trabajadoras independientes o por cuenta propia que deseen incorporarse voluntariamente al Régimen Obligatorio del Seguro Social.

El número de seguro social para las personas trabajadoras independientes (PTI) se asigna o localiza mediante procedimientos detallados en el documento, que incluyen la verificación de datos personales y la emisión del Número de Seguridad Social (NSS).La afiliación de las PTI se realiza presentando la documentación requerida y siguiendo los procedimientos establecidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que incluyen la inscripción en el sistema y la validación de la información proporcionada.

Las cuotas se calculan en función del ingreso correspondiente a la ocupación de la persona trabajadora independiente, conforme a lo establecido en la Ley del Seguro Social. El pago de las cuotas puede realizarse de manera mensual, bimestral, semestral o anual, según la elección del trabajador.

 La incorporación colectiva permite que un grupo de personas trabajadoras independientes se incorpore al Régimen Obligatorio del Seguro Social de manera conjunta. Este proceso se realiza siguiendo los procedimientos establecidos por el IMSS y puede incluir la presentación de documentación colectiva y el pago de cuotas grupales.

El documento menciona disposiciones específicas para los mexicanos que residen en el extranjero, permitiéndoles también incorporarse voluntariamente al Régimen Obligatorio del Seguro Social bajo ciertas condiciones.

Las excepciones del aseguramiento incluyen situaciones específicas en las que las personas trabajadoras independientes no están obligadas a incorporarse al Régimen Obligatorio del Seguro Social, aunque el documento no detalla explícitamente todas estas excepciones.

Las personas trabajadoras independientes pueden optar por realizar aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) de manera voluntaria. Estas aportaciones se incluyen como parte de las obligaciones al incorporarse al Régimen Obligatorio del Seguro Social.

 La fiscalización es parte de las reglas establecidas para asegurar que las personas trabajadoras independientes cumplan con sus obligaciones de pago de cuotas y aportaciones al Seguro Social y al INFONAVIT. El IMSS llevará a cabo acciones de fiscalización para verificar el cumplimiento de estas obligaciones.

Las disposiciones para aquellos que ya estaban asegurados antes de la reforma de la Ley del Seguro Social se detallan en el documento, asegurando que estos aseguramientos previos se respeten y se ajusten conforme a las nuevas reglas.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5728817&fecha=28/05/2024#gsc.tab=0

 

 

ATENTAMENTE
Comisión de Seguridad Social e Infonavit
seguridad_social@amcpdf.org.mx

 

 

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