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Flash Informativo 3. Impuestos Locales

SE PRORROGA VIGENCIA DE CONDONACION ADEUDOS, MULTAS FISCALES, RECARGOS Y GASTOS DE EJECUCIÓN ORDINARIOS DE CONTRIBUCIONES.  

 

El día de ayer 31 de julio de 2019, se publica en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México Numero 146 Bis, el acuerdo mediante el cual se prorroga la vigencia de la resolución de carácter general mediante la cual se condonan los adeudos, multas fiscales, recargos y gastos de ejecución ordinarios de contribuciones y se brindan las facilidades administrativas que se indican, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 15 de abril de 2019, esta ampliación de condonaciones se extiende al 02 de septiembre de 2019.

 

Los adeudos que se condonan en su totalidad son las contribuciones originadas y que se deben en la Ciudad de México de 2013 y años anteriores, siempre que se paguen las contribuciones omitidas de los años 2014 a 2019, es decir que se actualicen todos los adeudos a la fecha.

 

Ahora bien, las mencionadas contribuciones que se originan y se pagan en la Ciudad de México, las cuales son susceptibles de condonación, son las siguientes:

 

 

  • Impuesto Predial
  • Impuesto sobre lotería, rifas, sorteo, y concursos
  • Impuestos por la prestación de servicios de hospedaje.
  • Impuestos sobre automóviles nuevos.
  • Impuesto especial sobre producción y servicios
  • Impuesto Sobre Nóminas.
  • Tenencia o uso de vehículos
  • Derechos por Suministro de agua.
  • Derechos del archivo general de Notaria
  • Derechos por la expedición del permiso de filmación en vía pública.
  • Derechos por depósitos de residuos solidos
  • Derechos por el uso y utilización de locales de mercados públicos.
  • Derechos por servicios que presta la secretaria de educación (SEDU)
  • Entre otros.

 

 

Asimismo, se podrán condonar las multas fiscales, recargos y gastos de ejecución ordinarios que se hayan originado por las contribuciones anteriormente enlistadas también por los ejercicios 2013 y años anteriores.

Es válido mencionar que estas facilidades administrativas fueron otorgadas mediante resolución de carácter general para la condonación de estos adeudos publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México Numero 72 Bis del 15 de abril de 2019 cuya vigencia según el artículo tercero de la misma publicación se cumplía el día de ayer 31 de julio de 2019.

 

 

Es por ello que de acuerdo al artículo segundo de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México Numero 146 Bis del 31 de julio de 2019 esta resolución de facilidades surte efectos a partir del 15 de abril de 2019 y hasta el 02 de septiembre del mismo año.

 

Fuente:

Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Numero 146 Bis del 31 de Julio de 2019.

https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/69b99850e32bd0523fd62d405a54ca3c.pdf

 

 

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Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Numero 72 Bis del 15 de abril de 2019.

https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/f37454a3c4692207178152ee47988156.pdf

 

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