Flash No. 31 de la Comisión de Seguridad Social e Infonavit para la
Contaduría en México
CATÁLOGO DE CÉDULAS PARA LA VALUACIÓN DE LAS ENFERMEDADES DE TRABAJO
Fue publicado en el diario oficial de la federación el decreto por el cual se da a conocer el Catálogo de las Cédulas para la Valuación de las enfermedades de Trabajo a las que se refieren los artículos 513 y 514 de la Ley Federal del Trabajo, mismos que fueron reformados mediante decreto el pasado 4 de Diciembre de 2023.
El propósito de la reforma de los artículos mencionados fue actualizar la Tabla de Enfermedades de Trabajo y la Tabla para la Valuación de Incapacidades Permanentes Resultantes de los Riesgos de Trabajo, y prever la expedición del Catálogo de las Cédulas para la Valuación de las Enfermedades de Trabajo, finalmente la secretaria del Trabajo y Previsión Social después de vencido el plazo establecido para su publicación, da a conocer las cedulas mismas que consideran en su contenido los siguientes puntos:
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La identificación de la enfermedad (nombre y número de identificación conforme a la Clasificación Internacional de Enfermedades, 11.a revisión (CIE-11)).
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El agente o agentes causales.
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Las actividades económicas y puestos de trabajo.
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Los elementos clínicos, paraclínicos y de exposición laboral. Criterio(s) de causalidad (se describe el cuadro clínico; los estudios de laboratorio, de gabinete y otros estudios, que de manera enunciativa más no limitativa se han identificado para confirmar la enfermedad de trabajo; las características de la exposición laboral y lo (s) criterio (s) de la relación causal), y
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Los criterios de valuación (pronóstico; secuela alineada a las fracciones y valuación contenidas en la Tabla para para la Valuación de las Enfermedades de Trabajo).
Es importe destacar el decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación.
Si desea consultar las cédulas y tablas puede hacerlo en la siguiente liga:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5725063&fecha=30/04/2024#gsc.tab=0
ATENTAMENTE
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