29 de octubre de 2025
Flash No. 7 de la Comisión de Síndicos y PRODECON
para la Contaduría en México 2025
En la Tercera Reunión Bimestral de Síndicos 2025, del Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través del programa de Síndicos del Contribuyente, se expresó la inquietud en el planteamiento 21 de que las Tarifas que están en el artículo 58 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta para viáticos de renta de automóviles, no se encuentran actualizadas de acuerdo con la realidad que se vive hoy en día.
Solicitud de los Síndicos del Contribuyente al Servicio de Administración Tributaria
1. Emitir Regla de Carácter General que actualice de manera inmediata el monto de $0.93 por kilómetro recorrido a un valor congruente con las condiciones actuales del mercado.
2. Establecer en el RLISR un mecanismo de actualización periódica automática, ligado a indicadores oficiales (inflación, precio promedio nacional de combustibles, etc.).
3. Garantizar que dicha actualización sea aplicable tanto para deducciones de ISR como para efectos de comprobación fiscal y control interno de las empresas.
Respuesta del SAT
La propuesta contenida en el presente planteamiento implicaría necesariamente una modificación al artículo 58 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente, mediante una reforma a la referida disposición fiscal, lo cual no es competencia del SAT, aunado al hecho de que se trata de un tema de política tributaria, es por esta misma razón que tampoco resulta viable la emisión de una regla de carácter general por parte del SAT que prevea una actualización que no se encuentra prevista en el referido artículo.
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