
C.P.C. Daniel Medina Hernández
Presidente del Consejo Directivo de la Asociación
Mexicana de Contadores Públicos (AMCP)
Bienio 2025-2026
Retención de ISR al salario mínimo
En la última década, el salario mínimo en México evolucionó de $73.04 (2016) a $315.04 (2026), es decir, un incremento del 331%, mientras que la Unidad de Medida y Actualización pasó de $73.04 (2016) a $117.31 (2026), lo que representa un aumento del 61%. Esto ha tenido una fuerte repercusión en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) Retenido por Salarios, que es el impuesto que los patrones deben retener a sus trabajadores, conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta. De acuerdo con los ingresos que percibe el trabajador, el impuesto puede variar, como se muestra a continuación:

Salario Base de Cotización (SBC).
El SBC se determina considerando el salario diario (que en su caso no puede ser inferior al salario mínimo) más las prestaciones que reciba el trabajador, y considerando un máximo de 25 Unidades de Medida y Actualización (UMA – $117.31 a partir del 01 de febrero de 2026), es decir, un importe de $2,932.75 diarios ($87,982.50 mensuales).
Los factores de integración del SBC para cada año de servicios, considerando el pago de un salario mínimo y las prestaciones obligatorias de la Ley Federal del Trabajo (15 días de aguinaldo y 25% de prima vacacional), son los siguientes

Costo de la carga social.
Conforme a las diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social (LSS), de la Ley del Infonavit y del Código Fiscal para la Ciudad de México, el costo de la carga social para los patrones que le pagan a un trabajador el salario mínimo representa un 27% del salario, es decir, un importe de $2,597.16, ya que conforme al artículo 36 de la LSS, le corresponde al patrón pagar íntegramente las cuotas del trabajador cuando este perciba solo el salario mínimo, como se desglosa a continuación:


