11 de septiembre de 2025
Flash No. 57 de la Comisión Fiscal
para la Contaduría en México 2025
Se le informa a la membresía que el Ejecutivo Federal entrego el 8 de septiembre el Paquete Económico 2026, el cual fue turnado a la Cámara de Diputados para su revisión y aprobación por el Congreso, en caso de ser aprobado su vigencia será a partir del 1º de enero de 2026.
En este paquete económico se tocan temas relevantes como son:
Ley de Ingresos de la Federación. Se propone modifican las tasas de recargos, los estímulos fiscales y exenciones quedan igual, las retención por intereses pagados por instituciones del sistema financiero, se propone una retención por la enajenación de bienes y prestación mediante plataformas tecnológicas, así como una retención de IVA a plataformas digitales de intermediación nacionales y extranjeras, se modifican los requisitos para fondos de capital privado extranjero, se propone un estímulos para personas físicas y morales con ingresos de hasta 300 mdp y se propone un beneficio fiscal para personas físicas y morales que reporten o ingresen recursos mantenidos fuera de México antes del 8 de septiembre de 2025.
Código Fiscal de la Federación. En el caso de que alguno de los socios o accionistas tengan temas de manejo de comprobantes fiscales falsos se puede negar la inscripción al RFC a la persona moral, se propone que el plazo máximo para cancelar los comprobantes fiscales digitales por internet sea antes de la presentación de la declaración anual, resoluciones o reconsideración en determinación de créditos fiscales, restricción temporal del certificado de sello digital para facturar, se proponen facultades para suspender o cancelar el RFC de personas físicas y morales inactivas, se propone la relación de revisión por parte de la autoridad fiscal, con la información que se tiene en las plataformas digitales, se aumenta la responsabilidad del contador público registrado, para que informe a la autoridad del incumplimiento de disposiciones fiscales y aduaneras, se permite el pago a plazos en materia aduanera, se equiparan nuevos supuestos de delitos de contrabando en materia fiscal y de comercio exterior.
Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
Se modifica la tasa de impuesto a tabacos labrados y otros, se aumenta la cuota actual de bebidas saborizadas con edulcorantes añadidos y se aumenta la tasa de juegos con apuestas y sorteos.
Dejamos la liga del decreto para su análisis y estudio.
https://gaceta.diputados.gob.mx/
Atentamente
Comisión Fiscal de la AMCP
fiscal@amcpdf.org.mx