23 de diciembre de 2025
Flash No. 5 de la Comisión de Normas de Auditoría y SIPRED
para la Contaduría en México 2025
Estimados Asociados les informamos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ha diseñado un programa para la presentación por internet de la información sobre tu situación fiscal, denominado ISSIF (32H-CFF), el cual facilita el cumplimiento oportuno de tus obligaciones fiscales y brinda algunos beneficios como: facilidad en su llenado, seguridad, rapidez y confiabilidad para la presentación.
Plazos para presenta el ISSIF correspondiente al ejercicio fiscal 2025:
- Personas morales, dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que termine dicho ejercicio.
- Personas morales (con fines no lucrativos), a más tardar el 15 de febrero de cada año.
- Personas físicas, en abril del año siguiente.
Obligados a presentar el ISSIF correspondiente al ejercicio fiscal 2025:
- Quienes en el ejercicio inmediato anterior hayan consignado ingresos acumulables superiores a $1,062,919,860.00 (1)
- Quienes al cierre del ejercicio inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores.
- Las sociedades del régimen fiscal opcional para grupos de sociedades.
- Las entidades paraestatales de la administración pública.
- Las personas morales residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en el país.
- Las personas morales residentes en México, respecto de las operaciones con residentes en el extranjero.
Descarga el Aplicativo:
El SAT, mediante su página web www.sat.gob.mx , ha puesto a disposición el aplicativo para la elaboración del ISSIF (versión 1.0.0.2), para dar cabal cumplimiento a la obligación establecida en el artículo 32H-CFF, para el año 2025.
El aplicativo puede ser descargado mediante el siguiente enlace: https://www.sat.gob.mx/portal/public/tramites/issif-y-disif
Atentamente
L.C.C. Eduardo Lagunas Alcántara
Presidente de la Comisión de Normas de Auditoría y SIPRED
normas_auditoria@amcpdf.org.mx
(1) Cantidad actualizada en el Anexo 5, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025, publicada en el DOF el 30 de diciembre de 2024.