11 de Noviembre de 2025

 

Flash No. 39 de la Comisión de Seguridad Social e Infonavit

para la Contaduría en México 2025

Con fecha 10 de noviembre de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Aviso por el que se dan a conocer las modificaciones al Acuerdo del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), mediante el cual se actualizan las Reglas para la obtención de la Constancia de Situación Fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos. La modificación fue aprobada en la Sesión Extraordinaria No. 920 del Consejo de Administración celebrada el 29 de agosto de 2025, y tiene por objeto armonizar el procedimiento de emisión de dichas constancias con los lineamientos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y con la Regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2025 emitida por el SAT.

El acuerdo tiene como finalidad que la Constancia de Situación Fiscal emitida por el INFONAVIT se sustente en una evaluación integral del cumplimiento de obligaciones de todos los registros patronales vinculados a una misma empresa, considerando tanto las aportaciones y descuentos de vivienda como la situación fiscal general del patrón ante la autoridad hacendaria. De esta forma, se busca fortalecer la transparencia y la coherencia normativa entre el sistema de seguridad social y el sistema fiscal federal.

La modificación aprobada introduce una nueva Regla Séptima, mediante la cual se establece que los fideicomisos y fondos que deban verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los beneficiarios podrán sujetarse a lo dispuesto por el SAT en la Resolución Miscelánea Fiscal y en las Reglas Generales para la obtención de la opinión de cumplimiento. Esto permitirá unificar criterios de validación en la entrega de subsidios, estímulos o contratación de servicios con recursos públicos.

Para los empleadores, este cambio implica que la emisión de la Constancia de Situación Fiscal del INFONAVIT podrá condicionarse al cumplimiento fiscal ante el SAT, integrando en un solo proceso la revisión de obligaciones tributarias y de seguridad social. El acuerdo entrará en vigor el día hábil siguiente a su publicación, es decir, el 11 de noviembre de 2025.

 

Para consultar el acuerdo, da clic en el siguiente enlace:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5772408&fecha=10/11/2025#gsc.tab=0

 

 

ATENTAMENTE
Comisión de Seguridad Social e Infonavit
seguridad_social@amcpdf.org.mx

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