16 de junio de 2026

 

Flash No. 50 de la Comisión de Seguridad Social e Infonavit para la Contaduría en México 

El 15 de junio de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo número ACDO.SA2.HCT.260526/159.P.DIR, mediante el cual el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social aprobó las reglas de carácter general para dar cumplimiento al Decreto que incorpora al régimen obligatorio del Seguro Social, en lo correspondiente a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad, a las personas mexicanas repatriadas de los Estados Unidos de América y a sus beneficiarios legales.

Las reglas establecen un esquema especial de protección médica que permitirá a los mexicanos repatriados acceder temporalmente a servicios médicos, hospitalarios y farmacéuticos proporcionados por el IMSS, con una vigencia máxima de tres meses contados a partir de su alta ante el Instituto.

Es importante destacar que esta incorporación no representa el acceso a todas las prestaciones del régimen obligatorio del Seguro Social, ya que se limita exclusivamente a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad. Por lo tanto, no comprende prestaciones económicas, pensiones, riesgos de trabajo, invalidez y vida, ni los seguros de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

Para acceder a este beneficio, las personas repatriadas deberán contar con la carta de repatriación correspondiente y ser registradas mediante los mecanismos de coordinación establecidos entre el Instituto Nacional de Migración (INM) y el IMSS. Asimismo, deberán realizar su adscripción a la Unidad de Medicina Familiar que corresponda a su domicilio y, en su caso, registrar a sus beneficiarios legales.

La medida forma parte de la estrategia gubernamental “México te abraza” y tiene como finalidad garantizar el acceso a servicios de salud durante el proceso de reintegración de las personas repatriadas al país.

El contenido completo del Acuerdo puede consultarse en la siguiente liga:
DOF: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5790567&fecha=15/06/2026#gsc.tab=0

 

ATENTAMENTE
Comisión de Seguridad Social e Infonavit
seguridad_social@amcpdf.org.mx

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