27  de octubre de 2026

Flash No. 63 de la Comisión de Seguridad Social e Infonavit para la Contaduría en México 

DOF 21/10/2026. Se publicó el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG, aprobado por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), relativo a la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, conocida como Modalidad 40. El acuerdo establece medidas temporales mientras el Instituto analiza los efectos de esta modalidad y su viabilidad financiera.

Como medida temporal, las personas que a la entrada en vigor del acuerdo ya se encuentren inscritas permanecerán en la modalidad bajo las condiciones actuales hasta concluir el periodo contratado. Quienes concluyan dicho periodo, así como quienes deseen conservar sus derechos pensionarios, podrán solicitar su incorporación conforme a las condiciones previstas en el acuerdo.

Para las nuevas incorporaciones, la solicitud podrá considerar el último salario base de cotización registrado al causar baja en el régimen obligatorio, o hasta ese importe más una Unidad de Medida y Actualización (UMA), sin que el monto sea inferior al salario mínimo general vigente para el resto del país. Los nuevos aseguramientos se realizarán únicamente a partir de la fecha de solicitud.

El acuerdo también dispone que la inscripción a la Modalidad 40 se realice exclusivamente mediante mecanismos digitales que permitan dar trazabilidad y consistencia a los registros afiliatorios. Además, las personas incorporadas como trabajadoras independientes conforme al artículo 13, fracción I, de la Ley del Seguro Social no podrán contratar simultáneamente la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio.

El IMSS deberá realizar, en un plazo máximo de seis meses, un análisis sobre el efecto de la Modalidad 40 en la situación financiera del Instituto. Posteriormente, la Dirección Jurídica coordinará una propuesta de modificación normativa dentro de los seis meses siguientes a la recepción de los resultados. El acuerdo entra en vigor el día hábil siguiente a su publicación; quienes ya estén inscritos conservarán el reconocimiento de las semanas y salarios efectivamente cotizados y pagados para el cálculo de sus derechos pensionarios futuros.

El contenido completo puede consultarse en la edición del Diario Oficial de la Federación del 21 de octubre de 2026: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5801708&fecha=21/10/2026#gsc.tab=0

ATENTAMENTE
Comisión de Seguridad Social e Infonavit
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