PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2021 Y SUS ANEXOS 1-A Y 9
QUINTA VERSIÓN ANTICIPADA
El día de hoy la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a la quinta versión anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y sus anexos 1-A y 9.
Lo destacado de esta quinta versión anticipada es la regla 13.4. que amplía el plazo para la presentación de la declaración anual 2020 de personas fiscas al 31 de mayo de 2021
Plazo para la presentación de la declaración anual
13.4. Para los efectos del artículo 150, primer párrafo de la Ley del ISR, las personas físicas podrán presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2020, a más tardar el 31 de mayo de 2021.
LISR 150
Fuente Página del SAT:
COMISIÓN FISCAL
fiscal@amcpdf.org.mx