Flash No. 55 de la Comisión de Comercio Exterior
para la Contaduría en México
La Presidencia de la República publicó el pasado 31 de diciembre de 2025 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto por el que se reforman diversos estímulos fiscales de la Región fronteriza norte y sur y en materia de IEPS para combustibles.
El cambio principal es la prórroga de la vigencia de varios beneficios fiscales, los cuales ahora estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2026. Los decretos afectados incluyen:
- Región Fronteriza Norte: Estímulos en materia de ISR e IVA.
- Región Fronteriza Sur: Beneficios fiscales para contribuyentes en zonas con altos niveles de pobreza y afectación migratoria.
- Combustibles Automotrices: Estímulos al IEPS para gasolinas y diésel, diseñados para evitar incrementos abruptos en los precios debido a la volatilidad internacional.
- Frontera Sur (Combustibles): Incentivos específicos para estaciones de servicio colindantes con Guatemala.
El objetivo de estos estímulos es evitar los «gasolinazos» (incrementos abruptos) derivados de la volatilidad internacional del petróleo y el tipo de cambio.
- Estímulo Directo al IEPS: Es una cantidad equivalente a un porcentaje de las cuotas aplicables a las gasolinas, diésel y combustibles no fósiles que los contribuyentes importan o enajenan.
- Estímulo Complementario: Un esquema adicional que se activa cuando los precios internacionales son tan altos que el estímulo del IEPS normal no es suficiente para contener el precio al público.
- Estímulo en Frontera (Norte y Sur): Se otorga específicamente a quienes tienen estaciones de servicio (gasolineras) en las franjas fronterizas, consistiendo en una cantidad por litro de gasolina enajenada para nivelar los precios con los mercados de los países vecinos
El presente Decreto entró en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, el día 31 de diciembre de 2025
El texto íntegro lo encontrará en la siguiente liga:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5777697&fecha=31/12/2025#gsc.tab=0
Atentamente
Comisión de Comercio Exterior de la AMCP
c_exterior@amcpdf.org.mx
09 de enero de 2026