Certificación Contador Público México

C.P.C. Walter Raúl López Ramírez

Socio de Auditoría e Impuestos
Consultoría y Asesoría Integral WMJA, S.C.
Integrante de la Comisión de Síndicos (SAT) y
Prodecon E-mail: wmja.walter@gmail.com

En los últimos años, la materialidad de las operaciones se ha convertido en uno de los ejes principales de la fiscalización del SAT. El simple hecho de contar con un CFDI ya no es suficiente para soportar una deducción o acreditamiento; ahora, la autoridad exige que las operaciones sean reales, existentes, comprobables y económicamente congruentes.

Para evitar riesgos de cancelación de deducciones, desconocimiento de gastos, determinación de créditos fiscales y vinculación con EFOS/EDOS, las empresas necesitan implementar controles documentales robustos.

Este artículo desarrolla un checklist profesional, ejemplos prácticos, fundamentos legales y criterios relevantes para 2025 y 2026.

Desarrollo

¿Qué es la materialidad?

La materialidad de las operaciones es el conjunto de pruebas y evidencias documentales que demuestran que un acto, servicio o compraventa realmente ocurrió, que el proveedor tiene capacidad para prestarlo y que la operación es razonable, coherente y con propósito de negocio.

No basta con contar con un CFDI: el SAT exige que cada operación tenga existencia física, económica y jurídica, respaldada con contratos, órdenes de compra, reportes, evidencia de entrega, pagos y documentación contable.

La materialidad implica demostrar que:

  1. El proveedor existe y tiene capacidad.
  2. La operación realmente se llevó a cabo.
  3. El bien o servicio se entregó o prestó.
  4. El pago se efectuó y hubo flujo de efectivo.
  5. El gasto es razonable, coherente y tiene un propósito de negocio.

El SAT analiza estos elementos mediante revisiones electrónicas, cartas invitación, discrepancias en CFDI, cruces de información y uso intensivo de inteligencia artificial. La defensa eficaz comienza con una gestión documental preventiva.

Comentario sobre la materialidad

Un aspecto fundamental en este debate es el principio de materialidad, reiteradamente exigido por el SAT y reconocido en diversos criterios judiciales. No basta con que exista un CFDI válido en forma; es indispensable que la operación reflejada en el comprobante sea real y verificable.

La materialidad se acredita mediante contratos, correos electrónicos, cotizaciones, estados de cuenta, evidencia de la entrega de bienes o prestación de servicios, videos, fotos, recursos humanos, activos, infraestructura, capacidad operativa y cualquier otro elemento que demuestre que la transacción no es simulada.

En este sentido, la Reforma Fiscal 2026 refuerza la obligación de demostrar materialidad, ya que la autoridad contará con mayores facultades para suspender la facturación y cancelar el RFC si detecta operaciones inexistentes.

El mensaje es claro: tanto empresas como contadores deben garantizar que detrás de cada registro y cada CFDI exista una operación verdadera y comprobable; de lo contrario, aun con un error contable involuntario, podrían enfrentarse a cuestionamientos de carácter penal.

Requisitos de certificación de las fotografías

De acuerdo con la Tesis aislada II.3o.A.53 A (11a.), publicada el 17 de octubre de 2025,[1] las fotografías ofrecidas en juicio para acreditar la materialidad de operaciones deberán cumplir con lo previsto en el artículo 217 del Código Federal de Procedimientos Civiles (CFPC), aplicable supletoriamente en materia fiscal.

CHECKLIST COMPLETO DE MATERIALIDAD PARA OPERACIONES

  1. Identificación del proveedor / cliente
  • Acta constitutiva y poderes del representante legal.
  • Constancia de situación fiscal vigente.
  • Opinión de cumplimiento (opcional pero recomendable).
  • Verificación de que no esté listado en el artículo 69-B CFF (EFOS).
  1. Contrato o documento que respalde la operación
  • Contrato de prestación de servicios o compraventa con cláusulas claras.
  • Orden de compra, orden de servicio o solicitud formal.
  • Cotización, propuesta técnica o económica.
  • Pruebas de negociación (correos, chats corporativos).
  1. Comprobante fiscal (CFDI) y registros contables
  • CFDI que cumpla con requisitos de los artículos 29 y 29-A del CFF.
  • Relación clara entre el CFDI y los documentos soporte.
  • Póliza contable con evidencia adjunta.
  • Identificación del método de pago (PUE/PPD).
  1. Entrega o prestación del bien o servicio
  • Actas de entrega-recepción.
  • Reportes fotográficos, evidencia documental, guías de transporte.
  • Bitácoras, informes, listas de asistencia o reportes.
  • Correos o documentos internos que acrediten la ejecución del servicio.
  1. Contraprestación o pago
  • Evidencia: transferencia bancaria, estado de cuenta, SPEI, cheque, etc.
  • Conciliación entre pago–CFDI–contabilidad.
  • Flujo de efectivo congruente con el monto y naturaleza de la operación.
  • Contratos o documentos que soporten créditos o pagos diferidos.
  1. Razonabilidad y coherencia económica
  • Que exista una razón de negocio para la compra o servicio.
  • Que el monto sea coherente con precios de mercado.
  • Que la empresa tenga capacidad económica para realizar la operación.
  • Alineación a su giro, objeto social y volúmenes de operación.
  1. Recomendaciones adicionales
  • Implementar protocolos internos:Establecer procedimientos claros para documentar cada operación relevante.
  • Capacitar al personal:Asegurarse de que el equipo administrativo y contable comprenda los criterios de materialidad.
  • Archivar y organizar:Mantener un archivo digital organizado de toda la documentación y evidencias.
  • Comunicación:Mantener una comunicación constante entre las áreas de compras y fiscal para asegurar que se está documentando correctamente la materialidad de las operaciones.
  • Consultar a un asesor:Ante operaciones atípicas o de alto monto, es recomendable consultar a un asesor fiscal

Ejemplos prácticos

Ejemplo 1: Servicios de consultoría

✔ Contrato firmado
✔ Reportes mensuales de actividades
✔ Correos solicitando entregables
✔ Bitácoras de reuniones
✔ CFDI y pago SPEI
✔ Póliza contable adjunta

✔ Orden de compra y cotización

Resultado: Deducción procedente y materialidad demostrable.

Ejemplo 2: Compra de material sin evidencia

✘ No se firmó contrato
✘ No hubo orden de compra
✘ No existen fotos ni evidencia de entrega
✔ CFDI emitido
✔ Pago realizado

Riesgo: El SAT puede determinar que la operación es inexistente por falta de pruebas del acto material de entrega.

Ejemplo 3: Servicio que no tiene razón de negocio

✔ CFDI
✔ Contrato
✔ Pago

✘ No tiene relación con el giro
✘ No hay beneficio económico
✘ Es un gasto atípico y elevado

Riesgo: Rechazo por falta de razón de negocio.

Fundamentos fiscales relevantes

Código Fiscal de la Federación

  • Art. 5-A – Razón de negocio.
  • Art. 29 y 29-A – Requisitos del CFDI.
  • Art. 27 LISR – Requisitos de las deducciones.
  • Art. 28 LISR – Requisitos de contabilidad.
  • Art. 69-B CFF – EFOS y presunción de inexistencia.
  • Regla 2.7.1 y subsecuentes – CFDI.
  • Art. 32-D – Opinión de cumplimiento.

Ley del ISR

  • Art. 27 – Deducciones autorizadas.
  • Art. 28 – Gastos no deducibles.
  • Art. 76 – Obligaciones del contribuyente.
  • Art. 90 – Comprobación y soporte de erogaciones.

Ley del IVA

  • Art. 5 – Requisitos del acreditamiento del IVA (pago, CFDI, uso, destino).

Reglas de la RMF 2025 aplicables

  • Reglas 2.1.2, 2.1.6 – Revisiones electrónicas.
  • Reglas 2.7.1.32, 2.7.1.35 – CFDI y requisitos complementarios.
  • Regla 2.8.1.5 – Contabilidad y documentación soporte.
  • Reglas relacionadas con actividades vulnerables, prestación de servicios especializados, aclaraciones y materialidad.

La RMF 2025 fortalece la verificación documental mediante sistemas automatizados, incrementando el peso del soporte de materialidad.

Conclusión

La materialidad de las operaciones se ha convertido en el eje central de la fiscalización del SAT y en un requisito indispensable para la procedencia de deducciones y acreditamientos. Contar únicamente con un CFDI ya no es suficiente: las empresas deben demostrar, mediante evidencia documental sólida, que cada operación es real, tiene razón de negocio y cuenta con soporte económico, jurídico y contable.

Implementar controles preventivos y un checklist de materialidad permite reducir riesgos de ser catalogado como EDOS, evitar rechazos de deducciones, prevenir créditos fiscales y enfrentar de manera más sólida cualquier revisión electrónica o presencial.

Finalmente, se recomienda que los contribuyentes cuenten con la asesoría de un profesional especialista en materia fiscal y contabilidad, quien podrá evaluar las operaciones, revisar la documentación soporte y garantizar el cumplimiento adecuado de las obligaciones, minimizando riesgos frente a la autoridad.

Frase célebre

Pregúntese, si esta idea no tuviera éxito, ¿qué haría con ella? Esta es una buena forma de saber si realmente sientes pasión por esa idea. (EV WILLIAMS “Medium”)

[1] https://bj.scjn.gob.mx/busqueda?q=%22Materialidad%22&indice=tesis&page=1

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