Flash No. 58 de la Comisión de Comercio Exterior

para la Contaduría en México 

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público Ha publicado los anexos 3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,14,15,16,17,18,19 y 20 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, en el portal del Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 14 de enero de 2026.

Algunos Anexos contienen la siguiente información:

  • Anexo 3: Lista las aduanas y secciones (como Ciudad Juárez, Matamoros, Tijuana y el AIFA) que cuentan con infraestructura tecnológica para el uso de dispositivos electrónicos en el despacho.

  • Anexo 4: Establece los horarios de operación para importación y exportación en todas las aduanas del país. Destacan operaciones de 24 horas para tráfico ferroviario en puntos estratégicos como Nuevo Laredo y Manzanillo.

  • Anexo 5: El SAT detalla interpretaciones legales para evitar infracciones, en conceptos como Valor de Aduana y algunas prácticas indebidas.

  • Anexo 6: Establece las reglas de operación del Consejo de Clasificación Arancelaria, encargado de emitir dictámenes técnicos para resolver consultas sobre la correcta identificación de mercancías y su Número de Identificación Comercial (NICO).

  • Anexos 7,8,9 y 10: Padrones de Importadores y Exenciones como ejidatarios e importadores de mercancía de uso exclusivo, no requieren inscripción en el Padrón de Importadores para ciertos bienes, principalmente maquinaria agrícola y herramientas industriales.

El texto íntegro lo encontrará en la siguiente liga:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5778241&fecha=14/01/2026

                                

 

Atentamente

Comisión de Comercio Exterior de la AMCP

c_exterior@amcpdf.org.mx

21 de enero de 2026

21 de enero de 2026Compartir