Norma de gestión de calidad y su aplicación en los trabajos e informes realizados bajo las normas para atestiguar, y su observancia obligatoria a partir del año 2027 Inicio > Blog > Revista Excelencia Profesional > Edición especial: La gestión de la calidad, precursora del éxito en las firmas > Norma de gestión de calidad y su aplicación en los trabajos e informes realizados bajo las normas para atestiguar, y su observancia obligatoria a partir del año 2027. 02 de septiembre de 2026 L.C.C. y Mtro. Gerardo Aguilar Rivera Socio director en A&R AGUILAR RIVERA CONSULTING S.C.Miembro de la Comisión de Impuestos locales. Como seguramente ya la mayoría de los Asociados, que dictaminan o elaboran revisiones de Estados Financieros u otros encargos de Aseguramiento o Servicios Relacionados, de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C, sabe, y si no es así, deberían de poner manos a la obra, lo antes posible; el pasado 20 de noviembre de 2025 se autorizo el Reglamento para la acreditación de la Norma Internacional de Gestión de calidad, mismo que entró en vigor el 1 de enero del presente año, dando un periodo para su implementación hasta el 31 de diciembre de 2026, para comenzar las revisiones por parte del Comité Técnico de Calidad, a partir del 1 de enero de 2027. Bien dicen por allí que “no hay fecha que no llegue ni plazo que no se cumpla” y ha llegado el momento de que las Firmas que lleven a cabo los trabajos mencionados en el párrafo anterior, en la misma NIGC y reglamento de la AMCPDF, comiencen a elaborar e implementar sus políticas y procedimientos encaminados al cumplimiento de la gestión de calidad. En esta ocasión me interesa abordar la importancia que ha tenido y que ahora cobra más relevancia la implementación y actualización de la Norma de Gestión de Calidad en los trabajos relacionados de aseguramiento, principalmente en las Normas de Atestiguamiento, que son las que norman con los servicios en los que se requiere la emisión de un informe sobre aseveraciones o afirmaciones que hace la Administración de un ente, las mismas que son diferentes a las contenidas en los Estados Financieros. Quiero partir de un párrafo que se plasma en el informe de Atestiguamiento Independiente con seguridad razonable, sobre el examen de cumplimiento de disposiciones específicas (NIA 7040), el cual a la letra dice: «Cumplimos con la Norma de Control de Calidad aplicable a las firmas de contadores públicos independientes; por consiguiente, mantenemos un sistema de control de calidad que incluye políticas y procedimientos documentados relativos al cumplimiento de requisitos éticos, normas profesionales y requerimientos legales y regulatorios aplicables«. Sin lugar a dudas, el contador que firma dicho informe está aseverando que su firma tiene y mantiene actualizado su Sistema de Gestión de Calidad para los trabajos que lleva a cabo. Ahora bien, ¿Cómo se relaciona la manifestación hecha en el párrafo de informe, mencionado en el párrafo anterior, con los componentes de la Norma Internacional de Gestión de Calidad? En la NAT 7010, donde se establece el marco de referencia de las Normas para Atestiguar, se menciona que la ejecución de servicios profesionales debe cumplir con los siguientes requerimientos: Ética profesional Aceptación y continuidad Control de calidad Escepticismo profesional Juicio profesional Planeación y ejecución del encargo Emisión del informe de atestiguamiento Por su parte, la NGC1 busca que las firmas de auditoría tengan un enfoque basado en riesgos, mediante el establecimiento de objetivos de calidad, identificación y valoración de riesgos, así como diseñar e implementar respuestas para abordar los riesgos de calidad valorados, mediante una interconexión de los siguientes componentes: El proceso de valoración de riesgos de la firma de auditoria Gobierno corporativo y liderazgo Requerimientos de ética aplicables Aceptación y continuidad de las relaciones con clientes y de encargos específicos Realización de los encargos Recursos Información y comunicación Proceso de seguimiento y corrección Si comparamos los componentes del SGC con los requerimientos mínimos de las NAT, vemos que son muy similares y podríamos decir que están estrechamente relacionados. El objetivo principal de NAT 7040 es establecer los pronunciamientos normativos de ejecución del trabajo y de información a que se debe sujetar el contador público en el desarrollo de sus actividades, como profesional experto al rendir un informe relativo al examen sobre el cumplimiento de disposiciones específicas. El informe debe cumplir con un control de calidad, además de los otros requerimientos. Para poder llevar a cabo el control de calidad, es necesario tener implementados y actualizados los componentes mencionados, ya que, a través de su interconexión, se asegura, de manera razonable, que la firma cuenta con los recursos necesarios para llevar a cabo los encargos y que, previo a la aceptación o continuidad del trabajo, ha valorado los riesgos, cuenta con el liderazgo de los socios directivos y encargados, quienes transmiten la cultura organizacional, ética y de buenas prácticas de la firma, tomando como uno de los principales ejes rectores el código de ética y de conducta. En esta ocasión, más allá de explicar algún punto técnico, me interesa poner, de manera general, sobre la mesa la importancia de llevar a cabo la implementación y mantener debidamente actualizado el Sistema de Gestión de Calidad en nuestras firmas. Independientemente de que se realicen trabajos de auditoría y/o aseguramiento, cualquier firma o persona que lleve a cabo servicios profesionales debería contar con políticas y procedimientos que garanticen la calidad de los servicios proporcionados. En una transmisión de la Comisión de Impuestos Locales, de la AMCPDF, con autoridades de la Dirección General de Fiscalización del Estado de México, se comentó que la autoridad está trabajando para adecuar el modelo de informe en el Dictamen de Impuesto Sobre Remuneraciones al Trabajo Personal, tomando como referencia las Normas para Atestiguar y dándole la importancia que requiere al Sistema de Gestión de Calidad. Enhorabuena para aquellos que cumplieron con la manifestación de cumplimiento de la norma de gestión de calidad; para los que aún están en proceso, es buen momento para adecuar sus políticas y procedimientos; quizá ya las lleven a cabo implícitamente, solo falta plasmarlas en papel. Hay que hacerlo, pues cada vez son más las autoridades y órganos reguladores que lo solicitan y que estarán revisando que, en verdad, se lleve a cabo. Revista Excelencia Profesional Edición especial agosto 2026 Ver revista ↗ 02 de septiembre de 2026Compartir