18 de Mayo de 2026
Flash No. 12 de la Comisión de Normas de Auditoría y SIPRED
para la Contaduría en México
Información del SIPRED a entregar al INFONAVIT
Como es bien sabido una vez concluidos y enviados los dictámenes fiscales, los contribuyentes que hayan estado obligados o hayan optado por presentar el Dictamen Fiscal correspondiente al ejercicio 2025 a través del Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal (Sipred) ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberán entregar al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), la siguiente información:
Información a Presentar
- Informe Sobre la Situación del Contribuyente.
- Acuse emitido por el SAT que muestre el sello digital.
- Carta de presentación del informe que incluya la firma autógrafa del representante legal.
- Informe del Auditor Independiente. (Opinión)
- Análisis comparativo de las subcuentas de gastos o análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados. (en archivo Excel y PDF).(Anexo 7 SIPRED)
- Relación de contribuciones a cargo del contribuyente en su carácter de retenedor. (en archivo Excel y PDF). (Anexo 10 SIPRED)
- Relación de contribuciones por pagar (en archivo Excel y PDF). (Anexo 9 SIPRED)
- Declaración anual del impuesto sobre la renta. (patrones obligados sin trabajadores).
- Constancia de situación fiscal de la empresa emitida por el SAT.
La presentación de esta información debe realizarse mediante trámite por correo electrónico o de manera presencial ante la oficina del Infonavit que corresponda, de acuerdo con el domicilio fiscal registrado.
Así mismo dicha información deberá de estar acompañada con la forma DO-01 “Carta de presentación del informe y anexos” a que se refiere el artículo 29, fracción VIII, primer párrafo, de la ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. (se anexa forma)
¿Cuándo se Presenta?
Se tendrán 15 días hábiles posteriores a la fecha límite de presentación del dictamen fiscal ante el SAT.
Conclusión
Les recordamos la importancia de que los contribuyentes que hayan optado o estén obligados a presentar el Dictamen Fiscal ante el SAT cumplan con esta obligación.
Ya que, en el caso de no hacerlo, podrían hacerse acreedores a una multa por no presentar los anexos del dictamen al Infonavit por cantidades de entre $3,519.30 y $41,058.50 (de 30 a 350 veces la UMA). Esta sanción se aplica cuando el patrón, estando obligado u habiendo optado por dictaminarse, omite entregar la copia del informe con los anexos sobre las aportaciones dentro del plazo establecido que puede ser exigible hasta por un plazo de cinco años.
Con la finalidad de evitar dudas o confusiones por parte de los contribuyentes el Infonavit emitió un comunicado en el cual se informan las reglas para su presentación, el cual puede consultarse en la siguiente liga:
Atentamente
Comisión de Normas de Auditoría y SIPRED