10 de Noviembre de 2025

Flash No. 49 de la Comisión de Comercio Exterior

para la Contaduría en México 2025

El poder ejecutivo ha emitido el decreto que modifica el diverso por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados el pasado 5 de noviembre de 2025 en el Diario Oficial de la Federación en su edición vespertina.

 

El propósito fundamental de esta modificación es extender la vigencia del marco regulatorio para la importación definitiva de vehículos usados.

 

La única modificación realizada en el cuerpo del decreto es al Artículo Transitorio Primero del Decreto anterior (publicado el 4 de noviembre de 2024).

 

  • El decreto previo estaba vigente hasta el 5 de noviembre de 2025.

 

  • El nuevo decreto establece que la regulación estará vigente hasta el 30 de noviembre de 2026.

 

El Gobierno Federal justifica la extensión de la vigencia basándose en los siguientes puntos:

 

  • Certeza Jurídica y Bienestar: La regulación busca dar seguridad jurídica a los importadores y propietarios, reducir las brechas de desigualdad, permitiendo el acceso a un medio de transporte digno.

 

  • Integración Económica Regional: Se busca mantener condiciones favorables para la importación definitiva de vehículos usados cuyo Número de Identificación Vehicular (VIN) corresponda a su fabricación o ensamble en México, Estados Unidos de América o Canadá.

 

  • Seguridad y Restricciones: El Estado mexicano debe impedir la importación de vehículos que tengan prohibida o restringida su circulación en el país de procedencia por cuestiones técnicas o físicas, o cuando exista un reporte de robo

 

En temas de Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC)

 

  • Es indispensable acreditar el origen de las mercancías para el beneficio arancelario bajo el T-MEC.

 

  • El T-MEC establece que ninguna parte adoptará o mantendrá una prohibición o restricción a la importación de vehículos usados originarios del territorio de otra parte, siempre que se cumplan con las medidas de seguridad, emisiones y requisitos de registro vehicular.

 

El texto íntegro de esta publicación lo encontrará en la siguiente liga:

 

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5772077&fecha=05/11/2025#gsc.tab=0

 

 

Atentamente

Comisión de Comercio Exterior de la AMCP

c_exterior@amcpdf.org.mx

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