23 de Julio de 2025
Flash No. 25 de la Comisión de Seguridad Social e Infonavit
para la Contaduría en México 2025
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dio a conocer, mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se determinan los días inhábiles para efectos de actos y procedimientos administrativos durante el año 2025.
Con base en el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se establecen como inhábiles los siguientes periodos:
- Del 14 al 31 de julio de 2025
- Del 15 al 31 de diciembre de 2025
Durante estos lapsos no correrán plazos ni términos en los procedimientos administrativos que substancia la STPS, incluyendo los relativos a inspección, vigilancia e imposición de sanciones.
Importante excepción: El Acuerdo establece que la renovación de registros ante el REPSE no se suspende, por lo que los trámites relacionados con servicios u obras especializados sí podrán realizarse durante dichos periodos. Esta distinción garantiza la continuidad de las obligaciones patronales vinculadas a la subcontratación especializada.
Asimismo, el documento permite que, en casos justificados, se habiliten días y horas hábiles durante los periodos señalados, siempre que lo determine la Unidad Administrativa correspondiente.
Este Acuerdo entró en vigor el 5 de julio de 2025, un día después de su publicación, y su objetivo es otorgar seguridad jurídica a los particulares que realizan trámites ante la STPS.
Recomendación: Las empresas registradas en el REPSE deben prever la renovación o actualización de su registro dentro de los plazos marcados, ya que no aplica suspensión de términos, incluso durante los periodos oficialmente inhábiles.