23 de Julio de 2025

Flash No. 25 de la Comisión de Seguridad Social e Infonavit

para la Contaduría en México 2025

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dio a conocer, mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se determinan los días inhábiles para efectos de actos y procedimientos administrativos durante el año 2025.

Con base en el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se establecen como inhábiles los siguientes periodos:

  • Del 14 al 31 de julio de 2025
  • Del 15 al 31 de diciembre de 2025

Durante estos lapsos no correrán plazos ni términos en los procedimientos administrativos que substancia la STPS, incluyendo los relativos a inspección, vigilancia e imposición de sanciones.

Importante excepción: El Acuerdo establece que la renovación de registros ante el REPSE no se suspende, por lo que los trámites relacionados con servicios u obras especializados sí podrán realizarse durante dichos periodos. Esta distinción garantiza la continuidad de las obligaciones patronales vinculadas a la subcontratación especializada.

Asimismo, el documento permite que, en casos justificados, se habiliten días y horas hábiles durante los periodos señalados, siempre que lo determine la Unidad Administrativa correspondiente.

Este Acuerdo entró en vigor el 5 de julio de 2025, un día después de su publicación, y su objetivo es otorgar seguridad jurídica a los particulares que realizan trámites ante la STPS.

Recomendación: Las empresas registradas en el REPSE deben prever la renovación o actualización de su registro dentro de los plazos marcados, ya que no aplica suspensión de términos, incluso durante los periodos oficialmente inhábiles.

 

 

 

 

ATENTAMENTE
Comisión de Seguridad Social e Infonavit
seguridad_social@amcpdf.org.mx

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